Cargo por genocidio: Áñez ante la mayor acusación: hasta 30 años de prisión
La Fiscalía de Cochabamba y La Paz imputaron a la exmandataria por las masacres de Sacaba y Senkata, en noviembre de 2019.
Áñez aprovechó el lío entre Morales y García para pronunciarse.
Imagen: ARCHIVO LA RAZÓN
Áñez enfrenta la mayor acusación por los hechos de 2019: el delito de genocidio, por las muertes en Sacaba y Senkata, cuya pena es de 15 a 30 años de prisión. Las fiscalías de La Paz y Cochabamba presentaron cada una su imputación.
Ambas fiscalías presentaron por separado su acusación formal el lunes 17; en el caso de La Paz, se trata de tres delitos por los que se le acusa a la exmandataria interina: genocidio (artículo 138 del Código Penal), homicidio (artículo 252, 14 a 25 años), y lesiones graves y leves (artículo 272, de 3 a 6 años).
En tanto que la fiscalía cochabambina apunta “genocidio, asesinato, asesinato en grado de tentativa, entre otros”.
Según la “Resolución de imputación formal” presentada al juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto, Marco Antonio Amaru, la acusación fiscal es por los “10 personas fallecidas a causa de impacto por proyectil de arma de fuego; de los cuales se identifica 2 fallecidos por calibre 9 mm, 1 fallecido por calibre 5.56 mm y 4 fallecidos por calibre 22 mm; los restantes tres cadáveres presentaron orificios de entrada y de salida”, detalla el documento a que tuvo acceso La Razón.
Pero la acusación fiscal también es por los heridos; “31 personas heridas, cuyas lesiones son compatibles por proyectil de arma de fuego y lesiones por elemento contuso perforante”.
En el caso del Ministerio Público de Cochabamba, la resolución destaca que “los suscritos fiscales imputan formalmente a Jeanine Áñez Chávez; por la comisión del delito de asesinato con relación a las 10 personas fallecidas, y asesinato en grado de tentativa con relación a los 90 heridos, así como el delito de genocidio previsto en el artículo 138 del Código Penal, calificación provisional en calidad de autor de los hechos”, según la imputación formal presentada también el 17 de abril, según difundió la agencia estatal ABI.
Áñez
La imputación formal contra Áñez es por la “autoría mediata” en su calidad de “máxima autoridad del Poder Ejecutivo”.
Elemento central de ambas imputaciones es la firma del decreto supremo 4078, del 14 de noviembre de 2019; eximía de responsabilidad penal a los militares que actuasen “en defensa propia” en los actos de represión a protestas sociales.
“La imputada”, argumenta el documento fiscal de La Paz , al encontrarse en el nivel de decisión y mando máximo “tenía el control absoluto respecto a toda la estructura organizada de poder. Es en este nivel que se asumieron las decisiones en cuanto al despliegue de unidades policiales y militares en operaciones conjuntas”.
Por su parte, la Fiscalía de Cochabamba enfatiza en el uso de armas de fuego en el control de las protestas. “La ahora imputada Jeanine Áñez, como muestra explicita de ejercer esa represión violenta (uso de armamento y munición letal) contra determinados sectores de la población (comunidades interculturales del trópico de Cochabamba) previa coordinación con los ministros de Gobierno (Arturo Murillo) y de Defensa (Luis Fernando López), emite el Decreto Supremo 4078”; así señala la imputación.
Las dos fiscalías piden a sus respectivos jueces 180 días de detención preventiva para la expresidenta interina Áñez.
Declaraciones
En declaraciones a la red de emisoras radiales Erbol, ayer martes, el abogado de Áñez, Luis Guillén, aseveró qie la imputación en contra de su defendida carece de objetividad porque la Fiscalía en su imputación afirma que los manifestantes de Senkata “ejercían su derecho a la protesta pacífica”.
“Nosotros pedimos que se investigue de forma objetiva los hechos acontecidos en 2019; lo cual significa investigar por qué estas personas estaban ahí (en Senkata) bloqueando, qué hacían, recibían o no dinero, eran agresivos o no; ¿era en sí una manifestación pacífica como dice la Fiscalía?”, cuestionó el jurista.